La cultura jurisprudencial de la coordinación entre los procesos judiciales y de interés tributario con asesoría técnica de mecánicos y electricistas en materia de manejo de desechos, para dar correcta colocación a las existencias de chatarra automotriz y también a diversas clases de muebles, electrodomésticos, materiales y equipos eléctricos, tiene por antecedentes directos a las empresas de ferrocarriles que han operado históricamente, a nivel nacional y también a las de trenes de vagones del metro en Ciudad de México.
Se entiende que el cambio de unidades por causas de la depreciación de las mismas, a valor de los costos de mantenimiento y de los servicios necesarios para su regular funcionamiento, es consecuente con la realidad de las posibles causas de sus averías e imperfecciones, tal y como sucede con aquella regla general que distingue entre motivos que tienen que ver con el natural desgaste al que se somete a distintas partes de los automóviles en funcionamiento, pudiendo ir éstos de aquellos motivos que se comprometen con el tiempo de uso programado en condiciones óptimas de servicio, a aquellos que se comprometen con las distintas clases y tipos de fallas y errores usuales en su operación, mismos que pueden causar desperfectos en los distintos mecanismos y partes de los automóviles.
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